El investigador del Centro de Estudios Mapuche Rümtun apuntó que la puesta en marcha de la norma supone un desafío de largo plazo. También consideró que las críticas sobre la definición de competencias obedecen a un rechazo a priori de la medida.
Lunes 7 de marzo 2022 16:22 hrs.
Fue en el marco de la votación del informe de reemplazo emanado de la comisión de Sistemas de Justicia que el pasado 2 de marzo el pleno de la Convención Constitucional aprobó la norma que establece un pluralismo jurídico por 113 votos a favor, 39 en contra y 2 abstenciones.
Al alcanzar el quorum de 2/3 de los convencionales, la iniciativa quedó plasmada en el borrador de la nueva Constitución. Esto, luego de haber sorteado el rechazo en particular que la derivó nuevamente a la comisión temática para lograr un consenso.
En concreto, el artículo 2 apunta que “el Estado reconoce los sistemas jurídicos de los Pueblos Indígenas, los que en virtud de su derecho a la libre determinación coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia. Estos deberán respetar los derechos fundamentales que establece esta Constitución y los tratados e instrumentos internacionales sobre derechos humanos de los que Chile es parte. La ley determinará los mecanismos de coordinación, cooperación y de resolución de conflictos de competencia entre los sistemas jurídicos indígenas y las entidades estatales”.
Sin embargo, este último punto ha suscitado algunas desavenencias, ya que aún existen dudas…