Una nueva regulación integral de inmigración entró en vigor el 11 de abril de 2025, bajo la administración del presidente Trump, requiriendo que prácticamente todos los no ciudadanos mayores de 14 años se registren ante las autoridades federales y mantengan sus documentos de registro con ellos en todo momento.
Oficialmente denominada como «Obligación de Registro de Extranjeros», esta regulación ha generado gran preocupación e incertidumbre entre las poblaciones inmigrantes, especialmente entre aquellos con comprensión limitada de las reglas de inmigración estadounidenses o estatus legal ambiguo.
Según una opinión consultiva de un bufete de abogados estadounidense especializado en inmigración, «todos los no ciudadanos mayores de 14 años deben registrarse ante el gobierno estadounidense según los procedimientos publicados,» y «los niños no ciudadanos que cumplan 14 años en Estados Unidos generalmente deben presentar un nuevo registro ante USCIS dentro de los 30 días posteriores a su cumpleaños.»
Como medio de comunicación comunitario que sirve a los inmigrantes haitianos en Estados Unidos, Caribbean Television Network (CTN) proporciona un análisis detallado de las implicaciones de esta nueva regulación, su alcance y requisitos de cumplimiento.
¿Qué es la Obligación de Registro de Extranjeros?
Esta legislación, que reactiva y amplía elementos previamente inactivos de la política de inmigración estadounidense, establece que los extranjeros mayores de 14 años que no se hayan registrado ni tomado huellas dactilares al solicitar su visa o al llegar, y que permanezcan en Estados Unidos más de 30 días, deben registrarse ante los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).
«No registrarse – o no llevar prueba del registro – puede resultar en multas, cargos criminales, o incluso encarcelamiento,» advierte la alerta. Este requisito va más allá de un simple trámite administrativo; las consecuencias del incumplimiento pueden ser severas, incluso para aquellos con visas válidas.
Es fundamental entender que el registro no equivale a un estatus legal. El bufete de abogados enfatiza que «el registro no constituye un estatus migratorio y no otorga autorización de trabajo ni beneficios legales.»
¿Quién Ya Se Considera Registrado?
Notablemente, una porción significativa de la población inmigrante en Estados Unidos ya ha cumplido con este requisito – frecuentemente de manera automática – a través de procesos migratorios existentes.
USCIS confirma que los siguientes grupos ya están en cumplimiento:
- Residentes Permanentes Legales (titulares de Green Card)
- Personas bajo libertad condicional en Estados Unidos, incluso si la libertad condicional ha expirado: Para aquellos que llegaron bajo el programa de libertad condicional humanitaria, conocido como programa Trump, no necesitan registrarse en el nuevo sistema de USCIS, según explica un prestigioso bufete de abogados de Massachusetts.
- Titulares de visa que han recibido un formulario I-94 o I-94W (papel o electrónico)
- Cualquier persona con un Documento de Autorización de Empleo (EAD) válido se considera ya registrada.
- Personas en procedimientos de deportación
- Solicitantes de Green Card que han enviado los formularios pertinentes y datos biométricos
- Titulares de Tarjeta de Cruce Fronterizo: Para quienes ingresaron a Estados Unidos por la frontera sur mediante la aplicación CBPOne, no se requiere registro.
Esencialmente, las personas que han interactuado formalmente con el sistema de inmigración estadounidense—especialmente aquellos que han proporcionado sus huellas dactilares o recibido documentos de USCIS—generalmente ya están registrados.
¿Quién Debe Registrarse Aún?
Para aquellos que no pertenecen a las categorías mencionadas anteriormente, puede ser necesario un registro inmediato. Este requisito afecta a diversos individuos, incluyendo muchos que podrían desconocer su incumplimiento.
Los siguientes grupos deben verificar su estado de registro:
- Ciudadanos extranjeros que ingresaron a los Estados Unidos sin admisión o inspección adecuada
- Importante: El aviso oficial establece claramente que «cualquier persona en los Estados Unidos sin admisión o inspección legal debe consultar con un asesor legal antes de registrarse con el gobierno.»
- Ciudadanos canadienses que ingresan a los Estados Unidos sin obtener el formulario I-94 y permanecen más de 30 días
- Menores que cumplen 14 años durante su estancia en los Estados Unidos, independientemente de su estado de registro anterior
Cómo Registrarse
USCIS ha simplificado el proceso implementando un nuevo formulario G-325R y un portal de registro en línea accesible en todo el país.
Para instrucciones detalladas y acceso al registro, visite: uscis.gov/alienregistration
Obligación Legal de Portar Prueba de Registro
Todas las personas registradas mayores de 18 años deben legalmente portar su prueba de registro en todo momento.
Esta obligación aplica a:
- Titulares de Green Card
- Extranjeros no inmigrantes con visas H, L, TN, O, F-1
- Titulares de EAD
- Personas con avisos de aprobación de USCIS que indican su estatus migratorio
Las pruebas válidas incluyen:
- Una Green Card (Tarjeta de Residente Permanente)
- Un Formulario I-94 o visa vigente
- Un Documento de Autorización de Empleo (EAD)
- Cualquier aviso de aprobación de USCIS que indique la clasificación no inmigrante
Esta política ha generado preocupación entre abogados de inmigración y grupos de defensa, especialmente respecto al potencial perfil racial y las interacciones innecesarias con las autoridades.
No Olvide Actualizar Su Dirección
Finalmente, todos los no ciudadanos—incluyendo los Residentes Permanentes Legales—deben notificar a USCIS sobre cualquier cambio de dirección dentro de los 10 días posteriores a la mudanza.
No mantener la información de dirección actualizada puede tener consecuencias significativas, afectando potencialmente futuros procedimientos y solicitudes de inmigración.
Las actualizaciones de dirección pueden realizarse eficientemente a través de su portal en línea de USCIS. Visite uscis.gov y localice las instrucciones de «Cambio de Dirección».
Impacto Comunitario y Precaución Legal
La implementación de la política ha generado preocupación entre las poblaciones inmigrantes, especialmente en las comunidades haitianas concentradas en Miami, Boston y Nueva York. Muchas personas indocumentadas temen que el registro pueda aumentar los riesgos de deportación.
Sin embargo, los abogados de inmigración recomiendan una consideración mesurada y consulta profesional en lugar de alarma. «El registro no equivale a deportación—pero tampoco ofrece protección. La consulta con profesionales legales es crucial, especialmente para quienes ingresaron sin inspección,» afirma un abogado.
La directiva permanece clara: cumplir—pero proceder con conocimiento.
Bajo la administración del Presidente Trump, mientras las políticas de inmigración continúan transformándose, la comprensión de derechos y obligaciones se vuelve cada vez más crítica para los inmigrantes.
La Obligación de Registro de Extranjeros, aunque procesal por naturaleza, tiene ramificaciones significativas. Ya sea recién llegado, establecido hace tiempo, o en cualquier punto intermedio, mantener un registro USCIS apropiado es ahora obligatorio por ley.
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